
AFIP eliminó la obligación de informar telegramas laborales
Nacionales09 de septiembre de 2024

Los empleadores no tendrán obligación a partir de ahora de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los telegramas laborales o cartas documento tras una determinación del organismo recaudador que incluye trámites como las intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales.
Hasta ahora, los empleadores debían comunicar al organismo estatal todas las intimaciones realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento.
De esta forma, a través de la Resolución General 5560/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, AFIP dejó sin efecto la normativa anterior, pero sí mantiene el sitio web denominado “Telegramas Laborales”. Este sitio contiene la imagen digitalizada y los datos de la comunicación laboral enviada por los trabajadores a su empleador para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas.
La normativa está firmada por la directora de AFIP, Florencia Misrahi, y de esta manera el Gobierno avanzó sobre la reglamentación de la ley 27742 (Ley Bases), en donde promueven una serie de medidas que buscan “agilizar los procesos administrativos”.
Cabe recordar que la AFIP ya derogó el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país.


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