
Anses: cuándo y de cuánto sería el primer aumento al asumir Alberto Fernández
De seguir la fórmula actual de la Ley de Movilidad, la suba se haría efectiva en marzo de 2020. Sin embargo, se analizan cambios.
Nacionales06 de noviembre de 2019 RedacciónLas jubilaciones están atadas a los aumentos dispuestos por la Ley de Movilidad, que ajusta el haber mínimo según la inflación que calcula el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), más el promedio de sueldos de los empleados estables (RIPTE o Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
De mantenerse la misma fórmula al asumir Alberto Fernández, en marzo del año que viene el primer aumento debería ser del 11,56%. De esta forma, el haber mensual llegaría a los 15.694 pesos. Vale recordar que en diciembre hay una suba pautada del 8,74%.
El interrogante que surge, a raíz de las declaraciones de Fernández durante la campaña electoral, es si el nuevo Gobierno mantendrá esa fórmula, si impulsará alguna modificación de la ley previsional u otorgará antes un aumento de emergencia adicional a cuenta o no de ese aumento.
Además, la Corte Suprema deberá pronunciarse respecto a si la aplicación retroactiva de la formula de movilidad es inconstitucional, según el fallo de la Sala III de la Camara de la Seguridad (caso Miguel Fernández Pastor), y si su vigencia también lo es porque perjudicó a los jubilados, como reclama el demandante Fernández Pastor, informó Clarín.
Sin embargo, una variante que impulsa el ex Ministro de Trabajo Carlos Tomada es reemplazar la actual fórmula por otra que tome en cuenta, alternativamente, la evolución de la inflación (IPC del INDEC) y el RIPTE (salarios de los trabajadores formales). De ambos índices prevalecerá el que sea más favorable a los jubilados, con la condición de que el RIPTE sea consistente con la evolución de la recaudación del sistema de Seguridad Social. Si no cumple ese requisito, los haberes se ajustarían por la inflación.
De avanzar la propuesta, también cambiarían los cuatro aumentos al año: se mantendría la suba trimestral pero en función de la variación del IPC o RIPTE de los dos meses anteriores. En ese caso, en el primer aumento el empalme de ambas fórmulas deberá sumar el ajuste de la anterior fórmula y el primero de la nueva fórmula.


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