RECHAZAN A FISCALÍA DE ESTADO UN PEDIDO DE SOBRESEIMIENTO DE LOS POLICÍAS IMPUTADOS
Policiales10 de octubre de 2024El Diario VisiónLa causa penal contra los jerarcas policiales que estuvieron a cargo del brutal “periodo de adaptación y nivelación” de aspirantes a ingresar a la Escuela de Suboficiales de la Policía de la Provincia del año 2017 se reactivó recientemente y según fuentes judiciales, podría ser elevada a juicio oral y público antes de fin de año.
Entre otras novedades, se supo que el fiscal Hugo Costilla a cargo de la investigación, rechazó un pedido del Fiscal de Estado Marcos Rodolfo Denett, realizado en marzo de 2023, de archivar la causa y sobreseer a la totalidad de los imputados.
Sin hacer mención de la pretensión del Gobierno de evitar la responsabilidad indemnizatoria, en septiembre de este año el fiscal Costilla no hizo lugar al pedido de archivo y sobreseimiento, y en su lugar reformuló el decreto de determinación del hecho.
De los 13 imputados iniciales y en función de los resultados de la investigación, modificó el decreto y quedaron imputados el comisario y exdirector de la escuela Ramón Marcelo Gutiérrez; el exjefe de estudios de la institución, subcomisario Jorge Rolando Romano; y los instructores y ayudantes oficial principal Dardo Damián Diarte, oficial inspector Carlos Javier Luna (fallecido) y oficial inspector Ramón Oscar Agüero.
Todos imputados por ocho hechos de "lesiones graves calificadas por ser cometidas mediando el concurso ideal de miembros de la fuerza policial, en concurso ideal y en calidad de coautores".
La causa
La investigación se inició en enero de 2017 porque el 30 de diciembre de 2016 y con más de 40 grados, más de una docena de aspirantes se descompuso cuando obedecían órdenes abusivas emitidas por autoridades de esa escuela, que les imponía la obligación de realizar actividades físicas extremas con la amenaza de ser dados de baja.
Cinco de esos aspirantes debieron ser internados en terapia intensiva o en unidad coronaria y varios debieron recibir tratamiento de hemodiálisis, entre otros tratamientos invasivos.
Según los informes médicos, los aspirantes sufrieron graves daños en la salud y quedaron con secuelas de por vida.
En este marco y ante la casi inevitable posibilidad de que el Estado Provincial deba abonarles una suma multimillonaria en concepto de indemnización, la Provincia firmó un acuerdo con los abogados de los damnificados ofreciéndoles un pase a retiro con categoría de cabo, a cambio de que renuncien a todo tipo de reclamo.
El convenio
Entre abril y octubre de 2022 los abogados querellantes y la Fiscalía de Estado negociaron para llegar a un “acuerdo de conciliación”, en el que las partes “manifiestan su interés en arribar a un acuerdo que ponga fin a los pleitos judiciales iniciados”.
El Ejecutivo provincial aprobó el “convenio transaccional” entre Fiscalía de Estado y los abogados de los aspirantes Moya, Restelli, Pacheco, Rodríguez Vergara y Sequeida, en el marco de los procesos civiles y penales contra la Provincia y sus agentes respectivamente.
Según el acuerdo al que El Ancasti pudo tener acceso, las afecciones en la salud fueron “originadas como consecuencia de las exigencias físicas a las que habrían sido sometidos durante el período de adaptación de ingreso a la escuela de Suboficiales y Agentes de la Policía de la Provincia”.
La propuesta de los damnificados fue que para arribar a una conciliación, el Estado debía otorgarles los beneficios previstos por la Ley de Retiros Policiales 3137/76, “para el supuesto de acreditar debidamente la incapacidad sobreviniente”.
Fiscalía de Estado se comprometía a iniciar el trámite para que los cinco damnificados pasen a ser mediante el decreto correspondiente, reincorporados a la Policía de la Provincia pero en situación de retiro, “con reconocimiento de la afección que padecen como contraídas en y por actos de servicio, otorgándoles un haber de retiro correspondiente al primer grado del escalafón de suboficial (cabo)”.
En el acuerdo se indicó además una serie de circunstancias que definirían el porcentaje de haber mensual a cobrar, directamente proporcional al porcentaje de incapacidad acreditado.
En otro apartado, los damnificados se comprometieron a renunciar a la totalidad de las acciones civiles y penales iniciadas contra la Jefatura de Policía y el Estado Provincial.
Presunto incumplimiento
El fiscal de Estado se basó en la cláusula Sexta para pedir la absolución de los imputados. Allí, los aspirantes manifestaron que "efectivizadas las obligaciones asumidas en el convenio conciliatorio y de reparación integral, nada más tendrán que reclamar al Estado Provincial, a las autoridades de la Policía".
Por otra parte, en la misma cláusula se dejó remarcado que los damnificados “solicitarán la extinción de la acción penal en forma expresa e irrevocable (…) la denuncia en contra del personal de la escuela de aspirantes a agentes de la Policía de la Provincia y los responsables que resulten”.
Por su parte, varios damnificados aseveraron que el Estado Provincial "dejó que nos arreglemos solos, a pesar de que pusimos la mejor predisposición para llegar a un acuerdo".
"Acuerdo sin validez procesal y presunto prevaricato"
Fuentes judiciales ligadas a la causa explicaron que el pedido de absolución y archivo fue duramente rechazado por las querellas, entre ellas, la de Matías Restelli.
"El acuerdo no configura la causal de extinción de la acción penal porque no fue celebrado entre las víctimas y los imputados. Fue realizado entre las víctimas y el Estado Provincial que no es ni puede ser un imputado en la causa", justificaron los abogados Bruno Jerez y Sebastián Ibáñez.
En su presentación solicitando el rechazo de la pretensión de Fiscalia de Estado, advirtieron que el convenio debió haberse firmado entre las víctimas y los imputados ante la autoridad judicial interviniente y que el acuerdo, como fue firmado, es extrajudicial y "debe" ser ratificado entre las partes ante la Justicia”.
Por otra parte, acusaron al fiscal Denett de presentarse "invocando la representación de las víctimas o damnificados que celebraron el acuerdo con un mandato que no tiene -y legalmente no puede tener-, porque simultáneamente representa a una contraparte del proceso que es el Estado Provincial, civilmente responsable".
"Al mismo tiempo actuó en representación de todas las partes, dos de ellas contrarias. Es inaudito", finalizaron.
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