Cronograma de Anses con fechas de cobro del IFE en agosto de 2020

Nacionales24 de julio de 2020El Diario VisiónEl Diario Visión
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ha confirmado el cronograma con las fechas de cobro del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) en agosto de 2020. Tal como lo adelantó la Directora Ejecutiva del organismo, María Fernanda Raverta, los pagos iniciarán el lunes 10 con los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) cuyo Documento Nacional de Identidad (DNI) termina con el número 0.

Anses diseñó el cronograma con las fechas de cobro del tercer IFE de forma tal que se evite la aglomeración de geste en los cajeros automáticos.

Esta ayuda de emergencia fue creada por el Gobierno de Alberto Fernández con el fin de ayudar a los trabajadores independientes inscriptos en las categorías A y B del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), monotributistas sociales, desempleados y personal del servicio doméstico durante la pandemia del coronavirus.

Al lanzarse se pensó como una ayuda social pagada por única vez pero la extensión de la cuarentena hizo que se confirme un segundo y tercer bono. El que será depositado a partir del próximo mes sólo se iba abonar a los beneficiarios con domicilio en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y Chaco dado que, al momento de su anuncio, fueron las zonas que volvieron a fase 1. Sin embargo, la gran necesidad de la población por cobrarlo llevó a que se extienda a todo el país.

No es necesario llevar adelante ninguna gestión para su cobro. El depósito será automático a aquellos que ya cobraron el beneficio previamente en la cuenta bancaria informada en Anses.

Como pasó en las anteriores oportunidades, los primeros pagos se harán a la AUH, quienes lo cobrarán conjuntamente con la asignación.

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Una vez finalizado este cronograma. Anses dará comienzo al calendario de pagos para el resto de los beneficiarios.

Recordemos que los bancos no pueden aplicar retenciones sobre el subsidio porque es alimentario. Si esto llegada a ocurrir, él puede reclamar en la entidad bancaria, Defensa del Consumidor o el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para que se proceda a la devolución de los fondos

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