San Lorenzo de Alem intimado a pagar

Deportes06 de marzo de 2020Claudio AragónClaudio Aragón

La terna arbitral del partido disputado entre San Lorenzo de Alem y Unión Sportiva, pasado lunes 2 Marzo,en el estadio Malvinas Argentinas, denuncio ante el Consejo Federal  al club local, por no cumplir con el pago correspondiente a dicho encuentro. 


Al pasar las 72 hs y permanecer la deuda, San lorenzo de Alem tiene hasta hoy, a horas 18:30, para evitar una dura suspensión. El monto de la deuda sería de $23.912. 


Cabe recordar, que el equipo de Los Ejidos le ganó un duro partido al Recreino, que terminó siendo a favor del "Santo" por 2-1, para terminar invicto en su Zona.
 


EXPEDIENTE Nº 4442/20 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2020
Buenos Aires, 4 de marzo de 2020.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 01/03/2020 en el encuentro
disputado entre los clubes San Lorenzo (Catamarca) y su similar el Club Unión Sportiva (Recreo),
mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club la suma de $
23.912,00 ; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 33° del Reglamento del Certamen establece claramente el mecanismo a seguir
de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el encuentro, y
no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde correr traslado al
mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE
DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA DEUDA, para que proceda a cancelar la suma
adeudada a la terna arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente; Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará automáticamente
“SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las previsiones establecidas en
el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas; Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club San Lorenzo (Catamarca), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL 06/03/2020
(Art. 33° del Reglamento del Certamen), para que proceda a dar cuenta, en forma fehaciente ante
este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $ 23.912,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el 01/03/2020 con el Club Unión Sportiva.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total de la
deuda reclamada, el Club San Lorenzo, quedará AUTOMATICAMENTE SUSPENDIDO EN
FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados con el consecuente
descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha comprendida en el término de la suspensión y
demás previsiones, de conformidad con lo establecido en el art. 118° del Reglamento de
Transgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será automáticamente
levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento (remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y, simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
 

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