AFIP SANCIONARÁ A LOS MONOTRIBUTISTAS QUE NO REALICEN ESTE TRÁMITE EN OCTUBRE
VisionMarket17 de octubre de 2024El Diario VisiónTodos los contribuyentes deberán llevar a cabo un procedimiento obligatorio ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder recibir cualquier tipo de notificación oficial de la entidad fiscal, como las relacionadas con la deducción de ganancias y la facturación de monotributistas.
El servicio es exclusivo para cada contribuyente y es esencial para asegurar una comunicación adecuada entre el individuo y la entidad tributaria. Se implementó con el objetivo de prevenir problemas como sanciones por falta de conocimiento y facilitar el cumplimiento de las responsabilidades fiscales. Ahora, el organismo estatal, decidió que para el mes de octubre van a implementar sanciones para los contribuyentes que no cumplan con el trámite.
¿Qué es el Domicilio Fiscal Electrónico?
El Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) de la AFIP es un espacio virtual en el que los contribuyentes reciben todas las notificaciones, comunicaciones y resoluciones oficiales relacionadas con sus obligaciones tributarias y fiscales. El domicilio fiscal electrónico funciona como una "buzón de notificaciones" en el que la AFIP envía avisos, resoluciones y otras informaciones relevantes que el contribuyente debe revisar de manera obligatoria.
Este sistema se implementó para agilizar las notificaciones y hacer más eficiente el proceso de comunicación entre la AFIP y los contribuyentes. El DFE es de uso obligatorio para personas jurídicas, monotributistas, autónomos y demás contribuyentes que tengan relación con la AFIP.
Generalmente, las notificaciones se consideran legalmente recibidas 5 días después de haber sido publicadas en el DFE, aunque es recomendable revisar con regularidad para evitar sanciones por no cumplimiento.
El castigo por no tener DFE
La AFIP advirtió que no cumplir con las obligaciones relacionadas con el Domicilio Fiscal Electrónico podrá acarrear la imposición de sanciones conforme a lo establecido en la Ley 11.683, y se tomará en cuenta para la clasificación en el "SIPER", así como también en el proceso de obtención de la constancia de inscripción.